Tras aprobar
Juramento, pasaporte, nacionalidad
No oficial · Basado en Inburgeringsexamen KNM (DUO practice materials)
Última actualización: 2026-05-09

Aprobado el Inburgeringsexamen → solicitud ante la IND

El examen de integración neerlandés (Inburgeringsexamen) consta de cinco partes — KNM (Conocimiento de la Sociedad Neerlandesa) + cuatro módulos lingüísticos (Lectura, Escritura, Comprensión Auditiva, Expresión Oral) + ONA (Orientación al Mercado Laboral Neerlandés). Solo cuando se aprueban las cinco partes la DUO emite el Inburgeringsdiploma.

Decisión → juramento de lealtad ante el alcalde

DNI y pasaporte

Cuando la nacionalidad surte efecto, puede solicitar el DNI o pasaporte neerlandés en su gemeente.

Gestión de la nacionalidad de origen (punto clave)

Los Países Bajos han restringido tradicionalmente la doble nacionalidad y la regla general es la renuncia a la nacionalidad de origen. La ley (RWN art. 9) reconoce, sin embargo, amplias exenciones legales, entre ellas:

Las personas solicitantes de origen surcoreano generalmente no encajan en estas exenciones, por lo que tras aprobarse la naturalización suele ser necesario tramitar la renuncia o la notificación de pérdida de la nacionalidad coreana ante un consulado coreano. (La ley coreana también prevé la pérdida automática cuando una persona adulta adquiere voluntariamente otra nacionalidad.) La IND evalúa la exención durante la solicitud; conviene contrastar con la IND y con el consulado de origen antes de presentar.

Fiscalidad y seguridad social

Derechos políticos y de la UE

Efecto en los hijos

Preguntas frecuentes

P. ¿Puedo solicitar la nacionalidad si solo aprobé algunas de las cinco partes? R. No. La DUO emite el Inburgeringsdiploma solo cuando se han aprobado las cinco partes, y la IND no acepta la solicitud sin él. Vuelva a presentarse a las partes pendientes.

P. ¿Qué pasa si no asisto a la ceremonia de juramento? R. La nacionalidad no surte efecto. La asistencia es obligatoria. Con causa justificada puede pedir a la gemeente una nueva fecha.

P. ¿Puedo conservar mi nacionalidad coreana (u otra no comunitaria)? R. Por lo general, no. La regla por defecto es la renuncia. Existen exenciones (UE, cónyuge, refugiado, imposibilidad legal), pero las personas coreanas no suelen cumplirlas. Confirme tanto con la IND como con el consulado coreano.

P. ¿Se devuelve la tasa si me deniegan la solicitud? R. No, la tasa no se reembolsa aunque la solicitud sea denegada. Prepare cuidadosamente la documentación antes de presentar.

Referencias